30 de enero de 2026
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El Gobierno fusionó el ENARGAS y el ENRE en un solo organismo

A través del Decreto 452/2025, oficializaron la creación del ente que asumirá la fiscalización de los servicios públicos energéticos bajo la órbita de la Secretaría de Energía.

Este lunes, el Gobierno, mediante la publicación del Decreto 452/2025, oficializó la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que funcionará bajo la órbita de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía y deberá comenzar a operar en un plazo máximo de 180 días. La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo, establece la fusión de los organismos reguladores existentes, ENARGAS y ENRE, en un solo ente que asumirá sus funciones y competencias.

La decisión afecta directamente a los trabajadores y estructuras de los organismos actuales, así como a las empresas y usuarios de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural y electricidad bajo jurisdicción federal. El decreto ordena la transferencia de personal, bienes y patrimonio de ENARGAS y ENRE al nuevo ente, garantizando la continuidad de las condiciones laborales hasta la reubicación en la nueva estructura.

El proceso de constitución del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad responde a lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley 27.742, que facultó al Poder Ejecutivo a dictar las normas necesarias para la creación del organismo.

El directorio del nuevo ente estará compuesto por cinco miembros, designados por el Poder Ejecutivo, entre profesionales con antecedentes técnicos y experiencia en la industria del gas y la electricidad. Los mandatos durarán cinco años y podrán renovarse indefinidamente, con ceses escalonados para garantizar la continuidad institucional. El proceso de selección será conducido por la Secretaría de Energía, que deberá elevar la recomendación al Poder Ejecutivo en un plazo de quince días. Antes de la designación o remoción de los directores, el Ejecutivo deberá comunicar los fundamentos a una comisión del Congreso integrada por representantes de ambas cámaras, que tendrá treinta días para emitir opinión.

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